26/10/2019
La Dirección Provincial de Registro y Control para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires informó que, con motivo de las elecciones a llevarse a cabo el día domingo 27 del corriente año, en virtud del art. 134 inc. F de la Ley Provincial Nº 5109 y el art 136 del Código Electoral Nacional, se encuentra prohibido el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 20:00 horas del día sábado hasta las 21:00 horas del día domingo.
Artículo 136. Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince (15) días a seis (6) meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce (12) horas antes y hasta tres (3) horas después de finalizado el acto eleccionario.
Durante el acto electoral y hasta tres (3) horas después de su finalización se prohíben:
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
6 de marzo de 2024 08:03:00
16 de abril de 2024 11:04:00
14 de abril de 2024 16:04:00
14 de abril de 2024 16:04:00
11 de abril de 2024 18:04:00
11 de abril de 2024 09:04:00