29/03/2020

Locales

Arrizabalaga apoyó el Decreto Presidencial sobre alquileres

En un comunicado que también compartió la Federación de Inquilinos Nacional, el refernete local expresó que "Hace años venimos peleando por visibilizar la injusta situación de los que alquilamos de vivienda. Hace años, insistimos con una ley de alquileres que empiece a ser un poco más equitativa la relación entre inquilinos y mercado inmobiliario. La mercantilización absoluta, la especulación y el negocio estuvieron por encima del derecho a dormir bajo un techo en Argentina.

El decreto de hoy, es para nosotros, la confirmación de que el mercado no puede hacerse cargo de la vivienda. Lo que está demostrando esta pandemia que tanto angustia, es que la salud y la vivienda deben ser derechos y debe ser el Estado quién la regule, la proteja y la garantice".

Juan Arrizabalaga, referente de los inquilinos de Tandil, y actual Concejal del bloque del Frente de Todos expresó lo siguiente: “Sabemos de la importancia de esta medida, y estaremos muy atentos para hacer cumplir este decreto. Es un ejemplo para todo el mundo lo que estamos haciendo. El desafío será no volver atrás. La vivienda vuelve a ser un derecho”.

Los artículos resumidos:

1) Suspension de Desalojos. Nadie puede ser desalojado por falta de pago del alquiler en Argentina.

2) Congelamiento de precios. Se mantiene el precio que tienen al día de hoy 29/3.

3) Prórroga de los contratos automática. Se prorrogan (si el inquilino así lo quiere) los contratos de alquiler hasta el 30/9 a valor de marzo.

4) no se ejecutan garantías ni fianzas por no pagar el alquiler.

5) Mecanismos por falta de pagos. Si se genera deuda por el no pago del contrato, se podrán cancelar a partir de Octubre en hasta 6 cuotas.

6) Se habilitarán mediaciones para resolver conflictos luego de la emergencia.

7) Es obligatorio que el propietario brinde un número de cuenta bancaria para la transferencia. OBLIGATORIO.

8) Este decreto incluye a inquilinos de vivienda, pensiones y hoteles familiares, espacios comunitarios, inmuebles alquilados por profesionales y Monotrobutistas de actividades de servicios, comercios y otros, pymes, productores familiares arrendatarios y cooperativas.

9) Está vigente a partir de AHORA. 29/3 A LAS 14.00HS.

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