29/03/2020

Locales

Prorrogaran la suspensión de los plazos administrativos comunales y el cierre temporal de lugares de asistencia masiva

El intendente Miguel Lunghi firmará este lunes el decreto en el que se prorrogarán algunas de las medidas adoptadas para la prevención de la pandemia de coronavirus, y que tienen vigencia hasta este 31 de marzo.

Se trata de los decretos N° 753/20, 754/20 y 755/20, que establecían la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo a los trabajadores comunales incluidos en grupos de riesgo, de las actuaciones administrativas y las audiencias programadas en diferentes áreas comunales y Juzgados de Faltas y de las habilitaciones comerciales de distintos rubros.

Esta última normativa interrumpe temporalmente las habilitaciones de establecimientos que ofrecen alojamiento en nuestra ciudad (hoteles, apart hoteles, cabañas, hosterías, hostel, hospedajes, camping y alojamientos extrahoteleros), como así también restaurantes, bares, confiterías, cafés, cafeterías, cervecerías, pizzerías, hamburgueserías, heladerías, servicio de comida o café en estaciones de servicio, similares o afines, cualquier otro comercio con mesas al público, teatros, salas de juegos electrónicos, salas de video juegos, salas de juegos, confiterías bailables, locales bailables, boliches, pub, salones de fiesta, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros, natatorios, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos recreativos, clubes, lugares donde se realizan actividades deportivas, lugares que por razones sociales o religiosas convoquen la reunión de personas, y cualquier otro lugar similar a los descriptos.

Entre los considerandos del nuevo decreto, que prorroga las acciones hasta nuevo aviso, se detalla la necesidad de proteger la salud pública adoptando medidas en distintos sectores de la sociedad y enumera algunas de las disposiciones adoptadas por los gobiernos provincial y nacional.

También menciona que el contexto actual indica que la situación se prolongará por un tiempo más extenso a los previstos inicialmente por las normas, resultando conveniente su prórroga hasta el dictado de un nuevo acto administrativo.

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