26/06/2020

Locales

La Asamblea Ciudadana afirma "en Villa del Lago no se puede construir"

La Asamblea Ciudadana en Defensa de las Sierras de Tandil emitió un comunicado denominado "Ni una construcción más sobre las Sierras" denunciando que no se puede construir en Villa del Lago.

El motivo de la misiva se desarrolla luego de que, en el día de ayer, los concejales dictaminaron de utilidad pública de las 600 parcelas que había subdividido la firma Inversora Tandil S. A a mediados de la década del 60.

El texto afirma lo siguiente:

Villa del Lago no se puede construir.  NO tiene agua ni posibilidades de tratamiento de efluente. La ley madre del ordenamiento territorial (8912) establece que las autoridades deben anotar en registro catastral esa restricción, y que la ley rige para todo loteo en esas condiciones, aunque sea previo, e incluso debe aplicarse si esas condiciones aparecieran luego del loteo (Art.101)

O sea, las únicas construcciones legitimadas son las 16  que el censo municipal, tienen los planos aprobados.  (Aunque quepa deslindar y establecer responsabilidades si se hubieran habilitado  sin respetar lo que establece la ley). El resto, si se aplica el ordenamiento existente, no tiene derecho a construir ahí.

¿Por qué el municipio no anota esa restricción en este caso y en todas las áreas serranas que tienen las mismas condiciones? ¿Qué intereses  están en juego?

¿Por qué las autoridades se resisten a usar las competencias regulatorias y sólo apelan a medidas que podrían significan un gran negocio para un confuso grupo de interesados y podrían ser un pésimo antecedente? Pésimo antecedente en dos sentidos: por una parte el mensaje es que se puede negociar beneficios desde posiciones irregulares, por otra, el mensaje es que se puede hacer cualquier cosa y si el municipio quiere evitarlo tiene que comprar. Esto es un disparate, totalmente contradictorio con los fundamentos de la competencia regulatoria del estado, sin la cual viviríamos en el caos. Una cosa es la propiedad y otra la regulación de usos, competencia indelegable del estado.

Es indudable la conveniencia de la declaración de utilidad pública para recuperarla tierra de Villa del Lago para la ciudad, haciendo valer las varias décadas de impuestos adeudados.  Pero hay que cuidar que un gran objetivo no se usé para premiar avivadas.

La necesidad de tierra urbana accesible es indudable y todos los ciudadanos tenemos derecho justo al hábitat.  Es responsabilidad del estado y los privados generar una oferta de lotes accesibles  para construir en las amplias zonas apropiadas para ello con las que cuenta la ciudad según la planificación vigente.  No cumplir esa función y permitir el avance sobre las Sierras aporta a la confusión y a los intereses del  negocio inmobiliario que lejos de “poner en valor las Sierras” se apropian de valores ambientales y los destruyen.

Por todo lo anterior


  • Sí, al registro de la restricción a la construcción en todas las áreas serranas (Art.101 de la ley 8912)

  • Sí, a la declaración de utilidad pública de Villa del Lago a cambio de los impuestos adeudados

  • Sí, a la creación de loteos urbanos accesibles en las zonas previstas para el crecimiento de la ciudad por el Plan de Ordenamiento Territorial


NO a las construcciones sobre las Sierras, ni en Villa del Lago, ni en Barrios Cerrados, ni en cualquier tipo de urbanización serrana.

Que privados y estado “pongan en valor” las zonas adecuadas para el crecimiento de Tandil y en su conjunto la ciudadanía tandilense cuide el valor inconmensurable de las Sierras de Tandil.

 

 

 

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