23/04/2021

Locales

Coronavirus: todos los detalles de las nuevas restricciones en Tandil

Luego del anuncio realizado este jueves, el intendente Miguel Lunghi firmó los decretos que establecen las nuevas medidas implementadas por el Municipio por la segunda ola de la pandemia de coronavirus y que entrarán en vigencia desde este sábado 24 de abril.

La nueva reglamentación modifica el actual esquema de funcionamiento de las actividades y servicios habilitados por la comuna.

Los establecimientos cuya actividad consista en el expendio de comidas y bebidas, podrán funcionar en el horario de 6 a 18 hs., permitiéndose continuar únicamente hasta las 23 hs. con la prestación del servicio a través de la forma de delivery.

En el caso de los establecimientos cuya actividad consista en el expendio de combustible, podrán funcionar de 6 a 23 hs.

Por su parte, los consultorios de profesionales de la salud, laboratorios, centros de diagnóstico por imagen y farmacias, están habilitados para brindar atención de 6 a 20 hs.

El resto de las actividades y servicios autorizados por el Municipio podrán funcionar de 6 a 18 hs. Las bibliotecas podrán atender en esta última franja horaria, pero sólo a través de la modalidad de retiro y entrega de libros sin permanencia en el establecimiento.

También se aclara que en caso de encontrarse establecido el factor ocupacional de una actividad o servicio en el detalle del Anexo I de la Resolución N° 1208/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, o la que en el futuro la reemplace, deberá respetarse lo allí dispuesto.

No se encuentran autorizadas las actividades deportivas colectivas con o sin contacto de más de 10 personas en espacios al aire libre o cerrados; mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados; casinos; actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados y los servicios empresariales de catering a los que se refiere el Decreto 1661/20 y modificatorias, como así también los servicios de entretenimientos de fiestas infantiles encuadrados en el Decreto 2025/20 y sus modificatorias

Transporte Público de Pasajeros

En cuanto al Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros se determinó que desde este 24 de abril, todas las líneas funcionarán de acuerdo al surgente cronograma:

Lunes a viernes, de 5:30 a 22 hs. - La frecuencia en estos días será cada 20 minutos desde las 5:30 a 7 hs, cada 12 minutos de 7 a 18 hs., cada 20 minutos de 18 a 19 hs. y cada 30 minutos de 19 a 22 hs.

Sábados, de 5:30 a 22 hs. - La frecuencia será cada 30 minutos.

Domingos y feriados, de 7 a 22 hs. - La frecuencia será cada 30 minutos.

También se establece que todas las unidades vehiculares tendrán una capacidad máxima de hasta 10 personas más a la de su capacidad de asientos.

Reducir al máximo la circulación y extremar los cuidados

Las autoridades comunales insistieron en que es fundamental reducir la cantidad de contagios diarios, por lo que insistieron que es imprescindible que durante los próximos 15 días se reduzca al máximo la circulación por lo cual se recomienda que a partir de las 18 y hasta las 6 horas las personas permanezcan en sus domicilios.

Además instaron a la población a extremar los cuidados personales y colectivos, especialmente para con las personas que integran grupos de riesgo, y continuar respetando todas las medidas de prevención.

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