22/10/2021

Locales

Durísimo comunicado de la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable

En un durísimo comunicado de la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable titulado "Estamos en una nube de agrotóxicos. Necesitamos respuestas de protección urgentes" se describe la grave situación ambiental en Tandil.

En la misiva afirma:

En las últimas semanas diversos emprendimientos productivos y huertas de la ciudad de Tandil manifestaron haber sido afectados por derivas de agrotóxicos. Asimismo, también se registraron fumigaciones linderas a los pueblos rurales del partido.

En algunos casos, los daños afectan tanto al emprendimiento familiar y autogestivo de venta de plantines como a la misma huerta de autoconsumo que abastece de alimentos a la familia. Son daños al proyecto de vida que resultan de gravedad, y que dejan entrever una vez más, la complejidad que envuelve a la problemática por el uso de agroquímicos y la fragilidad a la que se exponen las víctimas, que quedan en situación de gran vulnerabilidad y desamparo.

En particular, el caso de la Huerta de Elama, en calle Los Álamos 2224 de la ciudad de Tandil, emprendimiento familiar que desde hace nueve años produce semillas y plantines de huerta de manera agroecológica y reconocido también por una trayectoria de servicios educativos y de intercambio de saberes asociados a la agroecología y a la permacultura.

En el mes de julio del corriente año al comenzar las siembras de las variedades de primavera-verano notaron anormalidades en el crecimiento de los almácigos, porque las semillas brotan y crecen, pero se frustraron luego del segundo par de hojas, deformándose por completo y deteniendo su crecimiento. En consulta con el Ingeniero Agrónomo Cecilio Tuculet se les confirmó que se advertían efectos de un herbicida hormonal volátil (24D o similar). Hasta la fecha perdieron más de 6000 almácigos y plantines, que eran el sustento para este periodo.

El día 20 de septiembre Elama hizo una presentación solicitando la intervención de la Dirección de Ambiente del Municipio de Tandil. Lograron abrir un expediente (21-06309-00), pero les respondieron que no podían tomar denuncias sin un destinatario. Siendo realmente  imposible para las vecinas averiguar quién es el responsable del uso de dicho herbicida, y atendiendo que se encuentra vigente una medida cautelar, ordenada por el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2 – Tandil. Expte. Nº50942) y que asimismo, la Ordenanza Municipal 12.316 en el art. 10 establece la obligatoriedad de presentación de recetas agronómicas para las fumigaciones en la zona complementaria y que en el Sistema Digital de Recetas del Ministerio de Desarrollo Agrario consta que “no se ve receta alguna”, en el “Círculo de 500m en torno a la ubicación de la Huerta” del 1/01/2021 a la fecha (Expte: 21 06309 00).

Además, el 12 de octubre visitamos Elama junto con profesionales del INTA y Municipio. Entre las presentes había investigadores de las ciencias exactas, agronómicas y de las ciencias sociales, junto a quienes constatamos los daños y perjuicios sufridos por el emprendimiento ante la deriva de un agroquímico biocida. Durante la visita recorrimos la huerta agroecológica que alimenta a la familia y el invernáculo donde producen para la venta, y advertimos que distintos plantines de diversas especies presentan deformaciones típicas de las generadas por herbicidas inhibidores del crecimiento como el 24D. Las instituciones presentes se comprometieron verbalmente a realizar las pruebas químicas pertinentes para verificarlo, más aún aguardamos la toma de las muestras.

Surgen varios interrogantes, algunos más inmediatos y otros de más largo alcance. ¿Cómo llegó el herbicida hasta ahí? ¿Hasta dónde llegarán los daños? ¿Quién es responsable? ¿Cómo salimos de esto? Entre otros daños verificables distinguimos los de tipo ecológico, los económicos y al proyecto de vida, a los que se suman los potenciales riesgos a la salud. Consideramos que son graves e irreversibles.

Frente a todo ello consideramos importante señalar que nuestra pirámide jurídica pone en su fundamento a los Derechos y Obligaciones reconocidas en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, y en este sentido rescatar el especial resguardo a los derechos de los más vulnerables, en especial niñas, niños, trabajadores y mujeres, y el derecho a un ambiente sano.

Además, la ley general del ambiente número 25.675 establece algunos principios de la política ambiental para todo el territorio nacional entre los cuales destacamos el de prevención, que obliga a que los problemas ambientales se atienden en forma prioritaria e integrada; y el principio precautorio, según el cual cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, y los de progresividad y de integración, referidos a que los distintos niveles de gobierno integrarán en todas sus decisiones y actividades previsiones ambientales, tendientes a asegurar el cumplimiento progresivo de los principios enunciados. Recordamos asimismo las competencias del estado municipal y la responsabilidad de garantizar el cuidado del ambiente y la salud.

Demandamos a todos los niveles y poderes del Estado a que intervengan para garantizar los derechos fundamentales, especialmente atendiendo a los sectores más vulnerables y a las generaciones futuras y se establezcan medidas protectivas pertinentes para dar respuestas eficientes y eficaces frente a esta problemática que aqueja a la comunidad.

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