02/12/2021

Locales

Tandil instituirá su Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Se reunieron de forma conjunta , este miércoles, las comisiones de Desarrollo Social y Salud y de Derechos Humanos, Género, Garantías y Seguridad  y arribaron sin fisuras a un dictamen que será sometido a votación en la próxima sesión del Concejo Deliberante.

A partir de la sanción y promulgación de la ordenanza, el Consejo Local de Niñez cumplirá lo prescrito en la Ley Provincial 13.298. La formalización a través de la norma local establece legalmente las funciones, integrantes y el funcionamiento del órgano, que también podrá recibir una asignación presupuestaria municipal.

El Consejo tendrá como misión el monitoreo, seguimiento, desarrollo y confección de políticas públicas orientadas a satisfacer el interés superior de niños, niñas y adolescentes, en miras del cumplimiento de los marcos normativos internacionales, nacionales y provinciales.

“Es muy importante el proceso de trabajo que se llevó adelante, con un acuerdo de base absolutamente relevante acerca de construir una herramienta que permita abordar las problemáticas de las niñeces y adolescencias, dando forma a un Consejo Local en donde esté presente la comunidad en su conjunto y, sobre todo, donde los verdaderos protagonistas sean los niños, las niñas, las y los adolescentes”, reflexionó la presidenta de la Comisión de DDHH, Guadalupe Gárriz.

Por su parte, el titular de la Comisión de Salud, Luciano Grasso, evaluó que la concreción de la ordenanza es un gran paso para fortalecer un organismo que está integrado por quienes, en el día a día, trabajan para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes acorde a la ley nacional y provincial.

“Para mí, a su vez, ha sido un honor representar al Concejo Deliberante estos dos años en el Consejo Local de Niñez”, agregó el concejal.

Las funciones del Consejo

Entre las tareas encomendadas al consejo se encuentra la de realizar un diagnóstico de la situación de las infancias, las adolescencias y las familias. La oferta de servicios y prestaciones, así como los obstáculos para acceder a los mismos a nivel territorial.

También deberá diseñar, monitorear y evaluar el Plan de Acción, intersectorial territorial, para la promoción y protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes, con prioridades y metas a cumplir.

Acompañar y promover las acciones gubernamentales y no gubernamentales, destinadas a la implementación de las acciones definidas en el Plan.

Asesorar al Ejecutivo y Legislativo Municipal, proponiendo el desarrollo de acciones en los ámbitos de su competencia y la sanción de normas de nivel local que contribuyan a la promoción y protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Supervisar a las organizaciones prestadoras de servicios a los niños, niñas y adolescentes en base a los criterios y estándares establecidos por la autoridad de aplicación de la Ley.

Participar en la supervisión de los Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos.

Colaborar en el funcionamiento de los Servicios Locales de Protección de Derechos mediante medidas concertadas que promuevan la preferencia de atención en los servicios esenciales de manera que garanticen el acceso de los niños, niñas y adolescentes a los servicios públicos en tiempo y forma.

Participar en la selección de iniciativas que se presenten al Fondo de Proyectos Innovadores de promoción y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y de apoyo a la familia en función de los criterios formulados por la Autoridad de Aplicación y de las prioridades fijadas por el Plan de Acción Local.

Difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Recibir, analizar y promover propuestas para una mejor atención y defensa de los mismos.

Evaluar y controlar la utilización de los recursos destinados a los programas.

Confeccionar todo dato estadístico vinculado a la problemática dentro del territorio del Municipio de Tandil.

Asesorar y acompañar en el trámite para la obtención de personería jurídica de las asociaciones y así propiciar su autofinanciamiento para ser eventuales destinatarios de donaciones y de fondos provenientes del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

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