21/11/2024
En un informe detallado, la Seccional Tandil de la Asociación de Trabajadores del Estado explica las razones jurídicas que la habilitan para representar a las y los trabajadores estatales del municipio de Tandil
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó un
documento detallado en el que busca clarificar objetivamente la situación legal
en relación a la representación de los
trabajadores y trabajadoras municipales del Partido de Tandil. Bajo el título
"Frente al desconocimiento, verdad y claridad en relación a la representación
de las y los municipales de Tandil" el documento busca explicar, con
fundamentos legales e institucionales, que ATE Tandil está plenamente
habilitada para participar en las negociaciones colectivas municipales, tal
como lo establece la ley y el Ministerio de Trabajo bonaerense en su resolución
del pasado 7 de noviembre y solo restaría definir la cantidad de representantes
que corresponderá a cada entidad gremial en la mesa de negociación paritaria.
Los principales argumentos jurídicos que se desprenden del
documento
1. Ley 14.656, Artículo 52: Esta normativa clave define que
los sindicatos deben contar con al menos el 10% de afiliados cotizantes del
universo de trabajadores que se intenta representar para participar en las
negociaciones colectivas. ATE cumple ampliamente con este requisito en el
ámbito municipal de Tandil, reafirmando su legitimidad y capacidad de
representación.
2. Decreto Reglamentario 784/2016, Artículo 52: Este decreto
detalla la metodología para establecer la representación sindical en el ámbito
municipal, indicando cuál es el divisor y el dividendo para establecer ese 10%
y que la autoridad de aplicación debe llevar un registro actualizado con los
datos de empleo público municipal, sobre los cuales se determinará la
proporcionalidad de representación. Según esta normativa, ATE se encuentra
plenamente habilitada para participar.
3. Fallo de la Suprema corte de Justicia de la provincia de
Bs As dónde la legalidad de ATE para representar a los trabajadores municipales
en las negociaciones colectivas en Tandil está más que clara.
4. Reconocimiento del Ministerio de Trabajo de la Provincia
de Buenos Aires: En su última resolución, el Ministerio formalizó la
habilitación de ATE para participar de las negociaciones colectivas
municipales. Esta resolución refuerza el rol de la organización sindical en la
mesa paritaria y valida la trayectoria histórica de ATE en la representación de
los trabajadores municipales.
5. Normativa sobre proporcionalidad sindical: La regulación
establece que, una vez acreditada la representatividad, corresponde asignar los
lugares en las negociaciones colectivas según la cantidad proporcional de
afiliados cotizantes de cada organización sindical. El Convenio Colectivo de
los municipales de Tandil, establece la cantidad de represententantes gremiales
y la cantidad de representantes del ejecutivo. Se espera que el Ministerio de
Trabajo establezca cuántos paritarios le corresponde a cada sindicato.
6. Precedente histórico y continuidad jurídica: ATE ha
representado históricamente a los trabajadores municipales en distintos
municipios de la provincia, consolidando su posición como sindicato habilitado
en cada ámbito territorial. Esta continuidad jurídica se ve respaldada por los
recientes avances normativos que ratifican su participación en las
negociaciones colectivas.
La Asociación de Trabajadores del Estado, considera como "un
hito histórico para la organización gremial de los estatales en Tandil ya que
consolida mayores grados de representación sindical en favor de los derechos de
las y los trabajadores municipales de la ciudad". El informe pone a disposición
de las autoridades, los afiliados y la opinión pública todos los elementos
necesarios para disipar dudas sobre la legitimidad de su participación en el
ámbito paritario.
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