18/03/2025
Las medidas se oficializaron a través del Decreto 196/2025. Muchos de los cambios estaban incluidos en la Ley Bases original, que luego se achicó para lograr la sanción en el Congreso.
Escuchar artículoEl Gobierno nacional oficializó los cambios en la Ley de
Tránsito a través de un decreto que publicó este martes en el Boletín Oficial.
Entre ellos figuran la obligatoriedad de la licencia de conducir digital, la
eliminación de las cabinas de peajes y la flexibilización para hacer la
Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Las medidas se oficializaron a través del Decreto 196/2025 y
según la administración libertaria se busca agilizar trámites administrativos y
reducir costos para los conductores, tanto particulares como profesionales.
Además, se pretende simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional
de Licencias de Conducir, implementar la licencia nacional digital, eliminar la
Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la
incorporación de peajes sin barreras.
Para cada punto habrá un período de transición hasta tanto
pueda ser implementado en su totalidad. En otros casos, el impacto de la norma
dependerá del grado de adhesión de las distintas jurisdicciones al nuevo
código. En materia de tránsito, cada municipio cuenta con su propia norma y
decide de manera autónoma si adhiere y, de hacerlo, si es total o parcialmente
a las normativas nacionales.
Cabe recordar que muchos de los cambios estaban incluidos en
la Ley Bases original, que luego se achicó para lograr la sanción en el
Congreso.
1. Licencia de
conducir
El decreto determina que la licencia de conducir será
digital y válida para todo el país a través de la aplicación Mi Argentina. Se
podrá renovar de manera remota con una constancia de aptitud física otorgada
por profesionales o centros médicos registrados en la Agencia Nacional de
Seguridad Vial. Poseer la credencial física pasará a ser opcional.
Además, quienes tramiten la licencia de conducir por primera
vez no deberán renovarla luego de un año. Otro cambio importante radica en que
las personas que ya tengan la licencia no tendrán que volver a realizar el
trámite si se mudan a otra jurisdicción.
Modificaciones en las vigencias de las licencias para
particulares:
2. Cambios en la VTV
El decreto determina que la VTV se podrá realizar en
talleres y concesionarias de cualquier jurisdicción, siempre y cuando tengan
"instalaciones aptas y equipamiento adecuado". Habrá que ver qué hace el
Gobierno bonaerense con este cambio, ya que hay proyectos para modificar la
verificación en el territorio.
Nuevos plazos para realizar la VTV:
3. Modificaciones en
los peajes
Se estableció que las rutas nacionales cuenten con peajes
inteligentes que no frenen el tránsito. Esta modificación planificada con los
organismos involucrados en la medida, será llevada a cabo de manera gradual.
El Ejecutivo, para implementar esos cambios, busca lograr
que todas las rutas nacionales tengan el sistema de TelePASE antes de fin de
año. De este modo, se apunta que a partir de 2026 todas las carreteras
presenten un 50% de peajes sin barreras ("free flow") y otro con cobro
automático.
4. Importación de
vehículos y autopartes
Con la publicación del decreto, se confirma la eliminación
de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración
Ambiental (LCA) para la importación de vehículos en serie. De ahora en más, las
automotrices que quieran ingresar modelos a la Argentina no requerirán tramitar
la homologación para que circulen en el país, sino que "se tomarán como válidos
los estándares de seguridad reconocidos por los países de alta vigilancia".
Con respecto a la liberación en la importación de autopartes,
ya no se pedirá el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad
(CHAS). En este punto también se tendrán en cuenta las normas IRAM.
5. Chau a la Licencia
Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI)
Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y E
-que son las profesionales-, serán válidas para el transporte
interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por las
provincias o municipalidades que están autorizadas por la Agencia Nacional de
Seguridad Vial.
6. Conducción
autónoma y casas rodantes
Además, se adecuó la normativa para permitir vehículos de
conducción autónoma. En la actualidad, únicamente Alemania, Estados Unidos y
Japón permiten, en algunas áreas, la conducción autónoma nivel tres. El objetivo
del Gobierno es establecer un marco que, si bien no tendrá efectos inmediatos,
servirá para que se pueda implementar con mayor facilidad esta tecnología una
vez llegue al país. Será la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) la
encargada de autorizar en qué rutas se podrá circular y con qué nivel de
autonomía.
Finalmente, el texto publicado en el Boletín Oficial señala
que se elimina la habilitación especial de casas rodantes y se autoriza la
libre homologación de trailers, acoplados y remolques. Además, se adecuan
condiciones de seguridad en general y en cascos de motociclistas en particular,
para adaptarlas a estándares internacionales, promoviendo una circulación más
segura. (DIB)
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